Las Tertulias en La Gradona: “La nueva visión de la justicia”

En esta edición, Página del Distrito centra su mirada en la evolución de la justicia y su impacto en nuestra comunidad. Analizamos cómo se configura este pilar esencial en la vida social, desde las transformaciones legales hasta los desafíos éticos y sociales en el contexto actual. Para ello, hemos contado con la colaboración de: Alberto Revuelta, formador de la Asociación Madrileña de Mediación; Antonio Raimúndez, Letrado de la Administración de Justicia; y José Antonio López-Mujeriego, abogado.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

¿Qué es lo más importante de la Nueva Ley Orgánica de Justicia?

José Antonio López-Mujeriego (JA.LM.): Donde va a tener más calado es en la ley de planta y demarcación judicial. Implica un cambio en la estructura de los órganos judiciales. Se va a pasar de los órganos judiciales unipersonales a otro sistema basado en una serie de tribunales centrales, donde van a estar las secciones civiles y penales. No es un cambio legislativo, sino de la estructura que lleva funcionando en España durante muchos años. Otro cambio que trae esta ley es la necesidad de acudir a un proceso de mediación antes de presentar una demanda judicial.

Alberto Revuelta (A.Re.): Por un lado está la eficiencia organizativa. Sustituye a los Juzgados de Paz por una instancia interna de los juzgados, lo que significa un gran cambio de nuestra cultura. Por otro lado, mejora el acceso a la justicia como lo que ocurre dentro de un juzgado en un trámite procesal. Además, esta ley proporciona a los ciudadanos una mayor toma de decisiones. Aun así, la ley contempla otros muchos aspectos relevantes más allá de los descritos.

Antonio Raimúndez (A.Ra.): Esta ley supone una gran transformación en la justicia y ha venido a adaptarse a la nueva Administración de Justicia. Muchos autores han estudiado la viabilidad de esta ley en la justicia actual, y la mayoría concuerda en que se avecina un 2025 muy complejo para poner en marcha este sistema. Van a desaparecer los juzgados para dar lugar a la creación de nuevos juzgados de instancia. Además, que se implementen organizaciones judiciales en los municipios es una novedad.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

¿Cuáles son las ventajas e inconvenientes de la nueva forma de entender la justicia?

(JA.LM.): Entre sus puntos fuertes, destacan la transformación de los juzgados en Tribunales de Instancia para repartir mejor el trabajo, el impulso a métodos alternativos como la mediación para descongestionar los tribunales y una apuesta clara por democratizar el acceso a la judicatura, con becas y mayor transparencia en los procesos de selección. Sin embargo, no está exenta de desafíos: la falta de recursos en algunas provincias para aplicar estas medidas, las dudas sobre su impacto en la independencia judicial y la complejidad de reorganizar un sistema tan arraigado plantean incógnitas. En definitiva, una reforma con buenas intenciones, pero cuyo éxito dependerá de una ejecución eficaz y un amplio consenso político.

(A.Re.): Esta ley hace varias cosas que son todas ventajas. La primera es que puede hacer las paces en conflictos. Ya no es un intermediario del Estado en que influye. Ahora es el ciudadano quien tiene el primer control, y puede analizar el conflicto para poder trabajarlo de distintas maneras. Otra cosa importante es que no ofrece un número limitado de soluciones, sino que se abre un abanico de opciones. Ahora se puede trabajar en soluciones ya existentes o crear nuevas para que el conflicto se pueda resolver previamente, y no tener que recurrir a movilizar todo el proceso largo. Por último, ofrece mayor rapidez y flexibilidad en la resolución de conflictos. Permite usar métodos tan rápidos como eficaces, porque muchas personas van a juicio por problemas menores y sus casos no necesitan 4 o 5 años de espera.

(A.Ra.): Hay muchas ventajas. Con esta ley se va a reducir mucho el proceso burocrático, porque en muchos casos hay que atravesar muchas fases y eso es mucho tiempo, mucho papeleo, y de esta forma se simplifica todo. Limitar los procesos es una gran ventaja. Hay muchas personas que están encontrando grandes dificultades en poner en práctica la ley. Opinan además que esta ley se ha aprobado por más razones políticas que teórico-judiciales, y que no han escuchado al Consejo de Estado.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

José Antonio López-Mujeriego:
“No es un cambio legislativo, sino una reforma de la estructura histórica en España”

¿Cómo se desarrollaría una mediación?

(JA.LM.): Esta mediación parte de que los ciudadanos sepan que están en su derecho de recurrir a ella como fase preliminar, y en ocasiones definitiva, para no llegar a juicio. El problema es que las personas aún no tienen conciencia de esta mediación, ya que la mayoría de ellas quiere acabar el proceso judicial con el decreto final de un juez. De hecho, yo todavía tengo que adaptar mi mente a esta nueva mediación. Ahora me llega un cliente y sí podemos mediar el conflicto con la otra parte implicada y resolver el caso mediante negociaciones. Entonces, lo que se crea con esta ley es la figura de un mediador.

(A.Re.): Para empezar, los problemas tienen que ser mercantiles. Es decir, se han quedado fuera cualquier tema penal. Tampoco van a entrar temas de la administración pública ni cuestiones laborales ni a derechos fundamentales. Es necesario dar un contexto porque como digo, no todos los problemas se aplican ante esta ley. A diferencia de cómo se hace en Estados Unidos o en Reino Unido, esta nueva mediación no es una alternativa a la justicia. De esta forma no se pierde nuestro derecho de ir a los tribunales en caso de necesidad. Se trata de ofrecer algo distinto pero que sea adecuado y aplicable a la justicia actual española.

(A.Ra.): Hay que decir que no hay concienciación suficiente para este nuevo modelo. Es un sistema desconocido a día de hoy, y es necesario que las personas se familiaricen con esa ley porque así descargan a la Administración de Justicia. De este modo, serán más rápidos y más efectivos. En cuanto a la mediación, ahora es un proceso efectivo porque va a satisfacer los derechos de ambas partes implicadas en el caso. Se trata de negociar los puntos de vista que cada parte ofrece a la otra parte, e intentar llegar a un acuerdo sin tener que recurrir a los tribunales ordinarios. Este enfoque no solo ahorra tiempo y recursos, sino que también fomenta un clima de cooperación, evita la confrontación típica de los juicios y contribuye a preservar relaciones personales o profesionales que podrían deteriorarse en un proceso judicial ordinario.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

Alberto Revuelta:
“Ahora el ciudadano controla el conflicto para trabajarlo de varias maneras”

¿En qué afectará este sistema a los profesionales que trabajan en la justicia?

(JA.LM.): Es lógico pensar que, si las personas empiezan a optar por la mediación, veremos una reducción significativa en los procesos judiciales. Sin embargo, resulta precipitado intentar predecir el impacto que tendrá, ya que es la primera vez que esta fase se vuelve obligatoria al interponer una demanda. Esto marca un cambio importante en el sistema, pero hasta que no comience a implementarse y se analice su funcionamiento real, no sabremos cuánta necesidad habrá de acudir a estas mediaciones, más allá de las habituales negociaciones entre abogados.

(A.Re.): Esta medida será clave para que los profesionales de la justicia se actualicen y se formen en una práctica que, aunque ya existía, hasta ahora era poco utilizada. Con la obligatoriedad de atravesar esta fase en los procesos judiciales, los jueces y abogados deberán adaptarse a un cambio importante en su forma de trabajar, lo que, a largo plazo, va a enriquecer sus competencias y mejorar la calidad del servicio que ofrecen. Además, esta medida no solo beneficiará a los profesionales en términos de formación, sino que también ayudará a aliviar su carga de trabajo. Al resolver de manera parcial o completa una buena parte de los casos a través de la mediación, los juzgados estarán menos saturados, permitiendo que los casos más complejos puedan recibir una atención más eficiente y resolverse en menos tiempo.

(A.Ra.): Nos obliga a adaptarnos a una dinámica en la que la mediación y los métodos alternativos adquieren un papel central. Esto significa que tanto jueces como abogados tendrán que familiarizarse con herramientas y estrategias que antes no formaban parte esencial de su trabajo. Aunque al principio puede resultar un desafío, a largo plazo esta formación y especialización no solo les permitirá ofrecer un servicio más integral, sino también mejorar la calidad de la resolución de conflictos. Además, la reducción de la carga de casos en los juzgados, gracias a la resolución anticipada que aporta la mediación, hará que los profesionales puedan concentrarse en los asuntos más complejos, agilizando los tiempos de respuesta y optimizando los recursos del sistema judicial.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

¿Debería haber mediación de oficio?

(JA.LM.): Considero que tendría que ser imprescindible. Ya que te están obligando a que hagas una mediación, debería haber mediadores de oficio para todas las personas. Lo que no se concibe es que haya abogados de oficio pero no mediadores. Entonces sí debería haber mediación de oficio, porque no todas las personas tienen los recursos económicos o el conocimiento necesario para acceder a este servicio por cuenta propia. Si el objetivo es descongestionar los juzgados y fomentar soluciones más rápidas y equitativas, ofrecer mediación de oficio garantiza que todos, independientemente de su situación económica, tengan la oportunidad de beneficiarse de este método. Además, podría ser un paso importante para normalizar la mediación como una herramienta accesible y eficiente.

(A.Re.): Por supuesto. Muchas veces las personas no conocen otras formas de resolver conflictos más allá de llevarlos al juzgado, y eso complica todo innecesariamente. La mediación es una herramienta que puede ahorrar tiempo, dinero y mucho estrés a las partes, pero a veces no se utiliza simplemente porque no saben que existe o porque creen que no es para ellos. Si desde el inicio, el sistema judicial ofreciera mediación como una opción de oficio, más personas tendrían la oportunidad de sentarse a dialogar y buscar acuerdos antes de que el problema crezca y se vuelva más difícil de manejar.

(A.Ra.): Sin duda, debería haber mediación de oficio. Esto no solo garantiza que todas las personas tengan acceso a una alternativa eficaz para resolver conflictos, sino que también ayudaría a reducir la saturación de los tribunales. Muchas veces, los litigios se prolongan innecesariamente porque las partes no tienen otra opción accesible, y la mediación de oficio ofrecería una vía más rápida y menos costosa. Además, al ser un proceso guiado por un profesional imparcial, se puede garantizar que ambas partes sean escuchadas y que el acuerdo al que lleguen sea justo y equilibrado.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

Antonio Raimúndez:
“El proceso de mediación no actúa como una alternativa de la justicia”

¿Qué repercusión tendría no querer recurrir a la mediación?

(JA.LM.): Considero que recurrir a la mediación es un acto de voluntariado que busca descargar el volumen de trabajo que tiene la Administración de Justicia, con todos los beneficios ya descritos que esto tendría. También se espera que con este nuevo sistema se unifiquen criterios para valorar los acuerdos. Esto pone a prueba a los profesionales para ver si los letrados de la sección 1 y los de la sección 34 trabajan bajo el mismo criterio.

(A.Re.): La consecuencia más inmediata es que puede que no te acepten la demanda. El primer requisito para interponer la demanda es la obligatoriedad de pasar por este paso. Si el cliente no quiere hacer este proceso de mediación, se corre el riesgo de que no se acepte la demanda. En caso de que el juez sí acepte la demanda, independientemente de que se tenga razón o no, el demandante puede ser condenado por haber provocado este abuso de la Administración de Justicia.

(A.Ra.): Una repercusión inmediata es la acumulación de casos en los tribunales de justicia, tal y como viene pasando hasta ahora. Por otro lado, es probable que el conflicto se prolongue y termine en un proceso judicial, lo que implica mayores costos, tanto económicos como emocionales, para las partes involucradas. Al no participar, se pierde una oportunidad valiosa de dialogar y encontrar soluciones más justas y equilibradas.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia

¿Supone la obligatoriedad de la mediación bajo esta nueva ley un retraso en el derecho de los ciudadanos a la justicia?

(JA.LM.): Todo dependerá del resultado. Si se llega a un acuerdo y todo va bien, luego ese acuerdo hay que homologarlo ante un órgano judicial. Además, en el caso de que no resulte esa mediación, el procedimiento judicial solamente puede discurrir sobre lo que ha sido objeto de mediación. Lo que sucede es que si se alteran las circunstancias, se volvería a abrir otro proceso de mediación, prolongando así mucho el desarrollo final del pleito.

(A.Re.): La Ley solo nos obliga a una sesión exploratoria. Además, nos dice que tiene que estar hecho en 15 días. En esa sesión exploratoria habrá un acta en el que se digan qué temas se han tratado y si se continúa o no. De no continuar el caso por acuerdo entre las partes, sólo se ha perdido una sesión exploratoria que son 100 euros, dividido entre las partes implicadas. Además de que en 15 días estás en los juzgados. Es por ello por lo que esta ley tiene tantas ventajas. Se trata de aplicar alguno de los métodos que ofrece, no de contratar a un mediador en sí.

(A.Ra.): Sin duda. No querer recurrir a la mediación supone un retraso significativo en la resolución del conflicto. La mediación es una herramienta que, cuando funciona, permite alcanzar un acuerdo de manera rápida y eficiente que beneficia a ambas partes, y evita los largos tiempos asociados a un proceso judicial. Sin embargo, si las partes no están dispuestas a intentarlo o no logran llegar a un acuerdo a través de la mediación, esto puede generar un doble problema. Por un lado, se retrasa el ejercicio del derecho, ya que el tiempo dedicado a intentar mediar se suma al tiempo que posteriormente tomará el proceso judicial. Por otro lado, esto implica un coste adicional, tanto económico como emocional, ya que el conflicto se prolonga y conlleva gastos asociados a abogados, tasas judiciales y otros recursos.

Jose Antonio Lopez ujeriego, Antonio Raimundez y Alberto Revuelta durante la tertulia sobre la nueva vision de la justicia